Quick Reference

[Solo Argentina] Resolución General (AFIP) 4815 y Resolución General 5142. Devolución

La Resolución General (AFIP) 4815 ha establecido que todos los productos relacionados con viajes internacionales se verán impactos por una percepción del 45% y del 25%, a cuenta de los impuestos a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales, según corresponda, sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria”, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 27.541.

Condiciones para solicitar el Impuesto País:

  • Aplica sobre la tarifa más los surcharges (Qs/YQ/YR)
  • El punto de venta debe ser Argentina
  • Válido para rutas con destinos fuera de Argentina
  • El pago debe realizarse en pesos argentinos (ARS).

La normativa contempla que los pasajeros puedan computar las percepciones en sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y/o el impuesto sobre los bienes personales, según corresponda.

Los trabajadores en relación de dependencia y/o jubilados que sufren retenciones de ganancias por esos ingresos, pueden informar las percepciones del impuesto a las ganancias a través del Formulario F572Web conforme lo dispone la Resolución General (AFIP) 4003 a los efectos de que las mismas sean consideradas por sus empleadores y/o el ANSES y se devuelva lo que corresponda.

En otros casos (por ejemplo cuando el pasajero no es contribuyente) puede solicitar la devolución de las percepciones a la AFIP mediante el procedimiento que dispone la Resolución General (AFIP) 4815.

Si no ves impactadas las percepciones en tu perfil de AFIP deberás completar el siguiente formulario. 

Completar formulario

Ten en cuenta:

  • Si el formulario es completado dentro del mismo mes de la compra del tiquete, la información se verá reflejada 30 días calendario.
  • Si el formulario NO es completado dentro del mismo mes de la compra del tiquete, la información se verá reflejada 45 días calendario.
  • Si la información ingresada en el formulario es diferente con el número de CUI/CUIL asignado a la compra inicial del tiquete, se hace un proceso de corrección. Este proceso tarda 45 días calendario después de completado el formulario.
¿Fue útil este artículo?